Ojo a las garantías de los electrodomésticos

La garantía sigue siendo el principal dolor de cabeza de quienes comprar aparatos eléctricos. Solo en el 2017, la Dirección de Apoyo al Consumidor recibió más de 300 denuncias en el país por diferentes problemas con electrodomésticos.

Verónica Sánchez, encargada de producto de Panasonic, explicó que en muchos de los casos se puede deber a un mal uso del aparato por parte de los consumidores, al no conocer el alcance de la garantía, por lo que es importante que al momento de la compra se verifique que la garantía se extiende por el plazo mínimo de ley -de 30 días hábiles- y que se aclare los aspectos cubre.

Cuando se trata de grandes marcas internacionales, la garantía generalmente se ejecuta por medio de los distribuidores autorizados en el periodo de gracia, siempre y cuando el artículo haya sido adquirido en el país.

Esto es importante: La garantía se aplica en el país donde se cierra la transacción con el vendedor. Así que ¡atención las compras por Internet!, porque a menos que se especifique que es una garantía internacional, probablemente el comprador deba hacer el reclamo en el país donde está el proveedor o vendedor.

Por otro lado, una vez que el consumidor realiza la compra tiene la obligación de leer el manual de usuario, ya que de lo contrario puede incurrir en errores de uso por negligencia, provocando algún daño al artículo y que la garantía no cubre.

Por ejemplo, para todos los aparatos se recomienda no eliminar/cortar/limar/modificar el enchufe original. El diseño que tienen es para evitar que los arcos de corriente dañen el electrodoméstico por una descarga eléctrica, o bien, que el usuario sufra algún accidente.

Siempre es buena idea guardar toda la documentación original del aparato, así como el documento de la garantía y la factura de compra.

Recuerde que:

  1. Todo bien o servicio, nuevo o usado, transado por un comerciante, tendrá una garantía mínima de 30 días hábiles.
  2. Tenga presente que indistintamente de las promociones u ofertas, el consumidor tiene derecho a la garantía.
  3. El comerciante podrá extender este plazo para ofrecer uno mayor, pero no podrá reducirlo, ni obligarle a «renunciar» a este derecho.
  4. El comerciante o proveedor podría limitar esa obligación si lo informa anticipadamente al consumidor y corresponde al comerciante el probar esa limitación.
  5. En bienes muebles duraderos como por ejemplo aparatos eléctricos, maquinaria, vehículos y herramientas o en servicios de reparación, montaje o reconstrucción de tales bienes la garantía debe constar por escrito.
  6. Recuerde que durante el período que el bien está en reparación el plazo de la garantía se interrumpe.

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