Garantía no es igual a Política de cambio

La garantía -que se aplica cuando un producto resulta defectuoso- no es similar ni se relaciona con la “política de cambio” para los compradores que cambian de opinión.

Esa, sin embargo, es una de las principales confusiones que tienen los compradores según información provista por la oficina de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía Industria y Comercio (Meic).

Las diferencias son muy marcadas:

La Garantía

(Archivo/LRDC)
(Archivo/LRDC)

Se utiliza para cambiar productos o artefactos que presentan una falla o defecto de fábrica en el momento de utilizarlo por primera vez o durante los primeros 30 días hábiles de uso.

Es decir, si usted compra un producto y falla, por defecto de fábrica o calidad, sin hacer un mal uso.

Por ejemplo, una prenda que se lava por primera ocasión y se encoge, aunque se siguieron las instrucciones de lavado de la etiqueta.

En este caso se hace ejecución de la garantía, independientemente de si el producto o artefacto estaba en oferta o no.

Esto significa que el comercio debe cambiar el producto, reemplazarlo por un mejor, o bien, hacer una devolución del dinero.

[su_note]Atención: 30 días hábiles es lo mínimo, pero las garantías pueden ser extendidas por cualquier plazo mayor.[/su_note]

La Política de cambio

(Archivo/LRDC)
(Archivo/LRDC)

Este es un procedimiento creado y diseñado por el comercio para ofrecer al cliente la posibilidad de que cambie de opinión sobre el producto que compró.

Por ejemplo, cuando el consumidor quiere cambiar una camisa porque no le gusta el color o porque ahora quiere otra talla.

Dicho procedimiento se determina según las posibilidades del comercio (generalmente inventario) y por lo tanto puede ser modificado, incluso durante un periodo de ofertas.

Esto se debe a que no es algo que esté establecido en una ley, sino que es una política diseñada por la propia empresa.

¿Cuáles son las diferencias?

La garantía resguarda el derecho del consumidor a que el producto funcione correctamente.

Si va a comprar para regalar, lo mejor es que verifique si el comercio tiene una política de cambio por talla, color o tipo.

Si el producto no tiene un fallo de calidad, no podría aplicar la garantía.

Esa denuncia, además, no es tramitada en la Oficina de Apoyo al Consumidor.



Derecho de garantía – Decreto Ejecutivo : 37899

Artículo 103.-Sobre la garantía. Todo bien o servicio que se venda o preste debe estar implícitamente garantizado, en cuanto al cumplimiento de los estándares de calidad y los requerimientos técnicos que por razones de salud, medio ambiente, seguridad; establezcan las leyes, los reglamentos y las normas respectivas dictadas por la Administración Pública. Esta garantía implícita se refiere a la naturaleza, características, condiciones, calidad y utilidad o finalidad previsible para el cual normalmente es adquirido.

Artículo 104.-Sobre el plazo mínimo de garantía. El plazo mínimo de garantía será de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de entrega del bien o de la prestación del servicio, sin perjuicio de que el comerciante o proveedor otorgue plazos mayores, en cuyo caso estos prevalecen.

Los artículos desde el 105 hasta el 111 indican el procedimiento para ejecutar las garantías.