Erick Ulate: «Injerencia del Estado en el mercado arrocero»

Erick Ulate
Presidente / Asociación Consumidores de Costa Rica

El pasado 30 de enero el Ministerio de Economía, Industria y Comercio emitió un comunicado de prensa donde recuerda a los comerciantes que, con fundamento en el decreto ejecutivo 40.310-MEIC se prohíbe la práctica del “bandeo”; es decir, aquella mediante la cual los consumidores nos vemos beneficiados de la venta de arroz atada con otros artículos, por considerarla contraria a la regulación de precios.

Con este acto, nuevamente el Meic demuestra lo que han sido 4 años de políticas públicas dirigidas contra los consumidores, en donde uno se los principales exponentes de esta política ha sido la fijación de precios del arroz.

Incluso, órganos como la Comisión Nacional del Consumidor se han declarado incompetentes para castigar la prohibición del bandeo, tal y como se establece en el voto 388-16 de las trece horas diez minutos del 14 de marzo de 2016 en donde se establece que “… lo cierto del caso es que no le corresponde atender reclamos referentes a la regulación de los precios y las prácticas comerciales que al efecto dispongan los comerciantes, en este caso el bandeo de los productos en cuestión. Salvo, como se dijo, cuando se refiera a precios superiores al regulado, tal es el caso de la prohibición establecida en el ordinal 36 de la Ley en cuestión…”

No se han contentado las autoridades del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ente rector en materia de derechos del consumidor, con impedir la práctica del bandeo, sino que además establecen una regulación de precios mínimos que impide a la población recibir arroz más barato de lo que el Meic considera.

Con esta decisión se contradice lo indicado por la Comisión para Promover la Competencia, la cual reiteró en la sesión ordinaria N°13-2017, opinión 002-2017 la cual establece que “… Es preciso indicar que los precios mínimos perjudican a los consumidores por cuanto al establecer el menor precio al cual se puede ofrecer un producto en el mercado, se limita la competencia en precio entre los industriales que fabrican el producto y entre éstos y los importadores del grano. Si bien asegura una ganancia a los industriales y comercializadores del grano, los productores no tienen ese beneficio lo hace en detrimento de los consumidores de un producto esencial de la canasta de los costarricenses especialmente de los de menores ingresos…”.

Incluso, la misma Coprocom establece la ilegalidad y el perjuicio a los consumidores dele establecimiento de precios mínimos de venta del arroz, al indicar que: “… Sobre el particular, debe indicarse que la Ley N° 7.472, no contiene regulación específica en cuanto al incumplimiento de la regulación de precios establecida vía decreto por el Meic u otra entidad pública…”.

En sus recomendaciones, la Coprocom establece que: … esta Comisión reitera nuevamente su recomendación de eliminar la regulación del precio del arroz en todos los niveles de producción y comercialización. En razón de lo anterior, se le recomienda al Poder Ejecutivo valorar las causas que afectan la productividad del sector y tomar las acciones que contribuyan a su mejora, atendiendo las observaciones que al efecto realiza la OCDE…”

Al respecto, es importante resaltar cómo las mismas autoridades del Meic que hoy en día rasgan sus vestiduras justificándose en el bienestar de los consumidores y en las recomendaciones de la OCDE para promover la creación del Consejo Nacional de Competencia, cuyos comisionados ganarían más de ocho millones de colones mensualmente, insisten en ignorar las recomendaciones de la Comisión para Promover la Competencia y las que, en materia de arroz, hace la OCDE.

Es decir, nos encontramos ante una evidente contradicción en la política pública con el claro perjuicio a los consumidores en uno de los mercados más importantes para la población.


Las opiniones aquí expresadas son enteramente responsabilidad de los columnistas invitados. El blog «La Razón del Cliente» es un espacio abierto a la presentación y discusión de ideas sin censura previa. Si desea enviar un texto de opinión sobre temas de derechos del consumidor, o afines, escríbanos a la dirección electrónica: puntosdevista@larazondelcliente.com